¿Cómo renovar?
Art.43.- Los docentes con dedicación total deberán presentar su solicitud de renovación del régimen con una anticipación no menor de cuatro meses, ni mayor de seis, a la expiración del período de concesión o renovación anterior.En cada oportunidad el docente será notificado de las fechas en que venzan los plazos aquí acordados. La solicitud vendrá acompañada de: a) un informe detallado de las actividades desarrolladas en el período que expira; b) un esquema del plan de actividades que proyecta desarrollar de inmediato, las que podrán ser una continuación de las desarrolladas en períodos anteriores; en tal caso bastará que el solicitante así lo xprese en su solicitud. Se aplicarán en lo pertinente los párrafos segundo, tercero y cuarto del inc. b del art.41.
Art.44.- Para la renovación del régimen se tendrán en cuenta los antecedentes del docente, dando preferente atención al desempeño de sus funciones, en su conjunto, en el período de concesión o renovación que expira. Se dará preponderancia en esta apreciación a la producción científica original u otras formas de actividad creadora, a la orientación de docentes e investigadores en formación y a la docencia especializada, atendiendo a la correcta orientación y a la adecuada intensidad de estas actividades; también se tendrá en cuenta la calidad y dedicación en las otras actividades propias de las funciones desempeñadas. De ser necesario, se apreciará la medida en que las condiciones de salud del docente durante el período que expira pueden haber alterado significativamente su rendimiento.
Bases para el ingreso al RDT
Instructivo para renovación
Modelo de Curriculum Vitae
Modelo de Plan de Trabajo